¿CONFLICTO DE INTERESES O POR LOS INTERESES?. Por G. Mauricio Morales S*

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El tiempo de la confrontación entre el Poder Judicial de la Federación y quien en unos días será el próximo titular del Ejecutivo Federal se inició.
Diversos juzgados de Distrito en todo el país están recibiendo un cúmulo de demandas de amparo, lo cual no sería ni siquiera digno de mención de no ser por un pequeño detalle: ¡son los propios jueces y magistrados federales quienes están buscando la protección y amparo de la Justicia de la Unión en contra de la LEY FEDERAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS!
El conflicto que se avecina será una ardua batalla inclusive entre los propios juzgadores, porque varios de quienes han recibido sendas peticiones de amparo se han excusado de conocer de éstos luego de conceder las suspensiones provisionales, porque también pretenden presentar o han presentado amparos en contra de los mismos actos y de las mismas autoridades.
Así, aun cuando los jueces y magistrados están ejerciendo su derecho de acudir ante la justicia federal para evitar la reducción de sus salarios por debajo de los 108 mil pesos, que es lo que ganará el presidente de la República, ello ocasionará un conflicto al interior del PJF.
Afirmo lo anterior, porque seguramente todos acudirán a este recurso extraordinario para proteger el monto de sus emolumentos, tan es así que la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, A.C., ha entregado a cada uno de sus integrantes un modelo de demanda de amparo para reclamar la inconstitucionalidad de la precitada ley recientemente aprobada por el Congreso de la Unión, la cual fue una de las promesas de campaña de Andrés Manuel López Obrador.
Entonces, al promover todos los juzgadores del fuero federal la acción constitucional, forzosamente deberán excusarse de conocer de los juicios constitucionales, en atención a lo que señala el artículo 51, fracciones VI y VIII de la Ley de Amparo que a la letra disponen:
“Artículo 51. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de circuito, los jueces de distrito, así como las autoridades que conozcan de los juicios de amparo, deberán excusarse cuando ocurra cualquiera de las siguientes causas de impedimento:
“VI. Si figuran como partes en algún juicio de amparo semejante al de su conocimiento;
VIII. Si se encuentran en una situación diversa a las especificadas que implicaran elementos objetivos de los que pudiera derivarse el riesgo de pérdida de imparcialidad.”
De lo anterior se concluye que los dos supuestos de tales fracciones se actualizarán para todos y cada uno de los juzgadores, en cuanto presenten su demanda, lo cual provocará un caos y, posiblemente, enfrentamientos y conflictos entre los propios integrantes del Poder Judicial de la Federación.
Y ello no es algo menor, si se toma en consideración que llegado el momento de que se emitieran sentencias sobre la inconstitucionalidad de la norma, los asuntos tendrían que ser enviados a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde el procedimiento todavía podría ser más desgastante y convertirse en una verdadera pesadilla, porque el Máximo Tribunal no podría hacer la declaratoria general de inconstitucionalidad que estatuye el segundo párrafo del artículo 232 de la Ley de Amparo.
Esto es así, porque se para ello se requiere una mayoría de ocho votos, los cuales no podrían lograrse, debido a que cuatro de los once ministros que integran la SCJN (incluido el propio presidente de ésta Luis María Aguilar Morales), ya han manifestado públicamente su rechazo a la Ley que ordena la reducción de sus salarios, por lo que deberán excusarse de conocer del asunto.
El asunto que se avecina es de órdago, porque además, la famosa “Fórmula Otero” es clara cuando ordena que la justicia de la Unión únicamente protegerá a los quejosos que acudan a reclamar mediante el juicio de amparo un acto o ley que consideren violenta sus derechos humanos. ¿Quién concederá los amparos? ¿Caerán en conflicto de intereses o tendrán conflictos por defender sus intereses? Conste que son preguntas.
(*) Periodista
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